La utilidad del iuscomparatismo en la armonización de los sistemas jurídicos
Número 108Septiembre - Diciembre 2003Nueva Serie Año XXXVIISSN 0041 8633 LA UTILIDAD DEL IUSCOMPARATISMO EN LA ARMONIZACIÓN DE LOS SISTEMAS JURÍDICOS María Isabel GARRIDO GÓMEZ * En el presente trabajo se pone de relieve la utilidad del derecho comparado en la armonización de los sistemas jurídicos...
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Veröffentlicht in: | Boletín Mexicano de derecho comparado 2003, Vol.Boletín Mexicano de Derecho Comparado (México) Num.108 Vol.XXXVI (108), p.908-926 |
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1. Verfasser: | |
Format: | Artikel |
Sprache: | spa |
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Online-Zugang: | Volltext |
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Zusammenfassung: | Número 108Septiembre - Diciembre 2003Nueva Serie Año XXXVIISSN 0041 8633 LA UTILIDAD DEL IUSCOMPARATISMO EN LA ARMONIZACIÓN DE LOS SISTEMAS JURÍDICOS María Isabel GARRIDO GÓMEZ * En el presente trabajo se pone de relieve la utilidad del derecho comparado en la armonización de los sistemas jurídicos vigentes. En este orden de ideas, la función que desempeña se centra en el empleo del método comparativo, como paso previo a la acción armonizadora. De la comparación puede resultar una igualdad, una similitud o una identidad de razones jurídicas, siendo un paso decisivo en el logro de un sistema que encierre una razón nueva, producto de la suma de razones de los sistemas jurídicos objeto de la armonización. Esto es lo que mueve a afirmar que el derecho comparado ayuda a conocer y a comprender una perspectiva ajena, moviéndose entre la explicación y la comprensión. Palabras clave: derecho comparado, sistemas jurídicos, armonización. *Profesora titular de filosofía del derecho de la Universidad Complutense de Madrid, España. * Nota: Debido que la traducción es automática podrá ser inexacta o contener errores. |
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ISSN: | 0041-8633 2448-4873 2448-4873 |
DOI: | 10.22201/iij.24484873e.2003.108.3772 |