El recorrido histórico de la Gaceta de Madrid

Este trabajo analiza la lenta y larga evolución de la Gaceta de Madrid. Para su redacción, además de la bibliografía citada, se ha consultado la base de datos Gazeta, de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado, que contiene la colección histórica de dicha publicación. En las transcripciones de...

Ausführliche Beschreibung

Gespeichert in:
Bibliographische Detailangaben
Veröffentlicht in:Documenta & instrumenta 2020-04, Vol.18, p.105-126
1. Verfasser: Fernández Mera, María Victoria
Format: Artikel
Sprache:spa
Schlagworte:
Online-Zugang:Volltext
Tags: Tag hinzufügen
Keine Tags, Fügen Sie den ersten Tag hinzu!
Beschreibung
Zusammenfassung:Este trabajo analiza la lenta y larga evolución de la Gaceta de Madrid. Para su redacción, además de la bibliografía citada, se ha consultado la base de datos Gazeta, de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado, que contiene la colección histórica de dicha publicación. En las transcripciones de los textos se ha respetado la ortografía de la fuente original.El 2 de abril de 1697, apareció, por primera vez, la cabecera Gaceta de Madrid. Al igual que sus contemporáneas europeas, la gaceta española surgía al amparo del poder real, mediante la concesión del privilegio real de impresión, actuando como mero noticiero de los acontecimientos reales y políticos, al servicio de los intereses de la Corona. A lo largo del siglo XVIII, las gacetas modificaron sus estructuras y contenidos, su impresión dejó de estar en manos privadas para pasar a ser propiedad del Estado, convertirse en órgano oficial del gobierno y empezar a publicar las disposiciones que emanaban del Rey y las Cortes; si bien dicha publicación no era condición, en ningún caso, para la validez y eficacia de las normas. El cambio significativo tuvo lugar durante el siglo XIX, fue entonces cuando la Gaceta de Madrid se definió por primera vez como boletín oficial nacional, y cuando la publicación de las normas fue condición necesaria para su obligatoriedad.
ISSN:1697-4328
1697-3798
DOI:10.5209/docu.68785