La protección jurídica de las obras culinarias por el derecho de autor y de la competencia desleal
Los «plats-signature», «signature-dishes» o «platos de autor» están más cerca de la expresión artística que del saber-hacer que se aprende en las escuelas de gastronomía. Hablar de «cocina creativa» es hablar de «autores». Y el sentir generalizado es que aquellas «obras culinarias» son la expresión...
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Format: | Dissertation |
Sprache: | spa |
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Zusammenfassung: | Los «plats-signature», «signature-dishes» o «platos de autor» están más cerca de la expresión artística que del saber-hacer que se aprende en las escuelas de gastronomía. Hablar de «cocina creativa» es hablar de «autores». Y el sentir generalizado es que aquellas «obras culinarias» son la expresión creativa de sus autores, el resultado de una actividad intelectual y creadora merecedora de un reconocimiento y amparo legal. Y así lo defendemos en el presente trabajo, en el que abordamos con carácter principal la tesis de la protección de las obras culinarias por el Derecho de autor español, para concluir que no existe ningún obstáculo inherente en la Ley de Propiedad Intelectual española que impida que las obras culinarias accedan a su protección.
La primera parte se sitúa en el contexto del Derecho de autor. Analizamos si la creatividad culinaria puede integrarse en la demarcación de aquél, así como si las distintas formas de expresión de una obra culinaria cumplen con las exigencias legales de objetivación y originalidad. Examinamos a continuación los supuestos posibles de copia; la titularidad singular y plural de las obras; y el contenido de los derechos y facultades del autor o autora de una obra culinaria.
En la segunda parte, se evidencia la limitada protección que el Derecho de la competencia desleal puede hoy brindar a las obras culinarias, salvo algunos supuestos muy concretos, como lo son la protección contra actos desleales derivados de la indebida utilización de una «denominación gastronómica» consagrada, y la protección de aquéllas que forman parte del patrimonio cultural inmaterial español. Se constata también las dificultades insoslayables en su protección como «trade dress» y contra actos de imitación desleal, y que derivan de las exigencias e interpretaciones judiciales de una normativa que no está pensada para la protección de obras como las culinarias, por lo que tampoco ofrece a su autor seguridad jurídica alguna. Lo que viene a confirmar, en definitiva, que la protección que requieren y merecen está en sede del Derecho de autor.
Signature dishes” are closer to artistic expression than the know-how acquired in culinary schools. Talking about “creative cuisine” means talking about “authors”. And the general feeling is that these “culinary masterpieces” are the authors’ creative expression, the result of a creative and intellectual process worthy of recognition and legal protection. And this is the view we take in this paper, in which we p |
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